Fondo Tandem

Fondo de Asistencia Laboral (FAL)


Este fondo tiene el objetivo de constituir una reserva para afrontar las obligaciones laborales de los empleadores

Objetivo y Estrategia

El fondo tiene como objetivo la acumulación de recursos para el pago de las obligaciones laborales previstas por la Ley N° 27.802 y el Decreto N° 408/2026. La gestión se orienta a la preservación del valor y a la disponibilidad de los fondos, mediante la inversión en activos admitidos por la Resolución MECON N° 1276/2026, emitidos y negociados en la República Argentina, con un mínimo del 10% en activos de alta liquidez.

Qué es el FAL

Régimen obligatorio para los empleadores del sector privado, vigente desde el 1 de diciembre de 2026. Se financia con una porción de las contribuciones patronales existentes (1% o 2,5% de la masa salarial, según el tipo de empleador), sin costo laboral adicional. ARCA percibe la contribución con el Formulario 931 y la deriva al fondo elegido mediante el ID FAL del empleador. El patrimonio es inembargable y está exento de Ganancias e IVA.

Información técnica y detalle del fondo

Denominación Tandem – Fondo de Asistencia Laboral (FCIA FAL)
Tipo de Fondo FCI Abierto FAL
Registro CNV N° 65
Moneda Pesos (ARS $)
Sociedad Depositaria Banco de Valores S.A.
Cuenta del fondo Cta. Cte. en pesos N° 3-001-0000016869-4
CBU 1980001-7 3000000168694-7
Honorarios Sociedad Gerente
Clase A 1,00% anual
Clase B 0,75% anual
Clase C 0,50% anual
Clase D 0,25% anual
Clase E 0,00% anual
Tope global de gastos
1% anual sobre el patrimonio
Comisión Ingreso/Egreso No posee
Comisión de portabilidad No posee
Período de carencia 12 meses

El Fondo Común de Inversión Abierto FAL Tandem – Fondo de Asistencia Laboral (FCIA FAL), registrado bajo el Número 65, en el cual participan Tandem Capital S.A. y Banco de Valores S.A. en carácter de sociedad gerente y sociedad depositaria, respectivamente, cuenta con autorización automática de oferta pública en los términos de lo dispuesto en la Ley de Mercado de Capitales y en el Capítulo X del Título V de las Normas (N.T. 2013 y mod.) de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esta autorización importa la constitución de dicho vehículo en los términos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y del Decreto reglamentario N° 408/2026. Dicha circunstancia implica que la CNV no ha emitido juicio ni ha efectuado control alguno sobre el Reglamento de Gestión del mencionado FCI FAL, que podrá ser consultado a través del sitio web de la CNV.

TANDEM CAPITAL S.A. Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión N°65 ante la CNV.
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